Unidad sanitaria para la atención de pacientes en los que el daño cerebral ha producido un trastorno de la conciencia severo y prolongado. Incluye fundamentalmente:
- Estado vegetativo ó de vigilia sin respuesta (SVSR): estos pacientes se encuentran alerta, abren los ojos, respiran espontáneamente y presentan movimientos automáticos o reflejos (inducidos por un estímulo), sin evidencia de ser conscientes de los estímulos que reciben ni de respuestas voluntarias asociadas.
- Estado de mínima conciencia (EMC): El paciente no sólo está alerta sino que también presenta signos reproducibles de contenido de la conciencia aunque sea de forma inconsistente y fluctuante. Como el SVSR el EMC puede ser transitorio y preceder a una progresiva recuperación de la función comunicativa o persistir indefinidamente.
Criterios de ingreso
- Diagnóstico: Pacientes con trastorno de la conciencia severo y prolongado, en situación de SVSR o de EMC.
- Tiempo mínimo transcurrido desde el evento que lo ocasionó:
- Causa traumática: 12 meses.
- Causa no traumática: 3 meses.
Objetivos asistenciales
Atención integral al paciente y su familia con un equipo interdisciplinar (médico, enfermería, psicólogo, trabajador social, servicio de atención espiritual), y en una unidad especialmente diseñada para sus necesidades:
- Confirmación y seguimiento del diagnóstico neurológico.
- Prevención de las posibles complicaciones intercurrentes.
- Tratamiento de las mismas y de las enfermedades asociadas que presente el paciente.
- Asesoramiento en los trámites sociolegales asociados.
- Acompañamiento profesional a las familias en el proceso.